No soy más de letras porque la a, por ejemplo, no lleva un buen riojita incorporado, si no, sería todavía más. Conste que la disyuntiva letras o ciencias no resulta aplicable a mi caso concreto, no, no es que no sea de ciencias, es que de lo que no soy es de números: no puedo con ellos, desde siempre el mínimo común múltiplo y el máximo común divisor me parecieron grandes enigmas... no me meto en honduras, pero para qué quiero yo saber quién, perdón qué, es y qué me aporta un logaritmo neperiano, si aún le viera su utilidad... [Y todo para horror de mi in-law que no puede ser más de números el tío y hasta se ha puesto a estudiar matemáticas por afición!!!?????!!!!!, claro que entre otros muchas afortunadamente, y el pobre asiste a mis preguntas insólito: cómo hago para saber..., me estás tomando el pelo. Suele no dar crédito: de verdad que no sabes calcular el Mcm o el MCD? ...] Tampoco de expresiones contables, conceptos presupuestarios, financieros...
Y ahora que ya me he cargado mi lado científico-matemático, del que no me siento especialmente orgullosa, puedo decir sin ninguna duda que cuando leo algo no relacionado con números no necesito traducción generalmente, ¿hay algo mejor que saber lo que a uno le dicen las palabras?. El problema es cuando te encuentras ante según qué párrafos, sin metáforas ni farrapos de gaitas, sólo números y letras juntos, presupuestos, ingresos corrientes, créditos incorporales ylamadrequelosparió, reglas generales pero siempre que, y claro, salvo: "El desarrolo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley de ..., siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10% de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la ley reguladora de las haciendas locales"
Ajajjajajjajajajjajajja ajjjajajjajja ajjajajjajaja no puedo, ¿y resulta que todo esto tiene que saber si puede hacerlo o no un presidente de una corporación? ajajajajjaja, el día que sepa lo que realmente puede y no puede según este apartado, si es de letras como esta menda, igual ya no está ni en el cargo. ¿Operaciones vivas, importes acumulados y recursos ordinarios, no supere y sí pero otro número, todo juntito, así, sin piedad?. Insisto: ajajajajjajajajajajaj.
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